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Programa de la asignatura EENI

Convenio Aduanero Contenedores

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Facilitar la admisión temporal de mercancías (Convenio Aduanero Contenedores)

  1. Introducción al Convenio Aduanero sobre Contenedores (CCC) de las NU
  2. Requisitos de marcado de contenedores
  3. Facilidades de admisión temporal contempladas en el Convenio Aduanero sobre Contenedores

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Ejemplo - Convenio Aduanero sobre Contenedores (CCC):
Convenio Aduanero sobre Contenedores (CCC)

El Convenio Aduanero sobre Contenedores (CCC) fue adoptado por la Conferencia de las Naciones Unidas (NU) sobre el Tráfico de Contenedores, celebrado en Ginebra del 13 de noviembre al 2 de diciembre de 1972.

El objetivo principal del Convenio Aduanero sobre Contenedores es facilitar la admisión temporal de mercancías en un país.

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Bajo el Convenio Aduanero sobre Contenedores se entiende por admisión temporal, a la importación temporal con franquicia de impuestos y derechos de importación.

Se entiende por impuestos y derechos de importación todos aquellos derechos de aduana, impuestos, o cualquier otro tipo de gravamen aplicado por las aduanas cuando se importa la mercancía.

En virtud del Convenio Aduanero sobre Contenedores (CCC), se concede la admisión temporal a los contenedores, independientemente que estén cargados o no de productos.

Partes contratantes del Convenio Aduanero sobre Contenedores (CCC): Argelia, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bulgaria, Burundi, Canadá, China, Corea del Sur, Cuba, República Checa, Eslovaquia, España, EE.UU., Finlandia, Georgia, Hungría, Indonesia, Kazajistán, Kirguistán, Líbano, Liberia, Lituania, Montenegro, Marruecos, Nueva Zelanda, Polonia, Moldavia, Rumanía, Rusia, Arabia Saudita, Serbia, Suiza, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Uzbekistán.

Información relacionada

  1. Convenio Seguridad Contenedores
  2. Convenio Admisión Temporal
  3. Convenio TIR
  4. Organización Transporte por Carretera (IRU)
  5. Unión Internacional de Ferrocarriles
  6. Cámara Naviera Internacional
  7. Código de buenas prácticas para la estiba (carretera)
  8. IATA
  9. Organización Marítima Internacional

Código ILU (Transporte Combinado Ferrocarril-Carretera).

Fuente: Oficina Internacional de Contenedores y Transporte Intermodal

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